#agência pirata
Réplica a reflexiones del ex presidente Fidel Castro
txt:Ricardo Santiago Medina Salabarria
Distinguido Sr:
Dando lectura a la II parte de su reflexión “El último encuentro con Lula” del 1º de Marzo de 2010, pude leer en uno de los párrafos finales «Lula conoce desde hace muchos años que en nuestro país jamás se torturó a nadie, jamás se ordenó el asesinato de un adversario, jamás se mintió al pueblo» Entiendo esto, por la situación generada para el gobierno de Cuba, tras el deceso del Prisionero de Conciencia Orlando Zapata Tamayo (reconocido así por Amnistía Internacional).
Yo: Ricardo Santiago Medina Salabarria, de 41 año de edad, vecino de Santo Tomas # 359 (azotea) entre Árbol Seco y Retiro, municipio Centro Habana, sacerdote de profesión, hago pública mi inconformidad y afirmo que EN CUBA SI SE MALTRATA, SE GOLPEA, SE VEJA y SE TORTURA, a los adversarios del gobierno; el 1º de agosto de 1994 falleció mi tío menor Osvaldo Medina Dulzaide, de 33 años de edad, a consecuencia de una golpiza. Como causa de muerte se certifico “asfixia mecánica” su cuerpo mostraba varios hematomas, este acto fue denunciado por mi el 22 de de Marzo de 2003, tras escuchar el discurso del entonces jefe de la diplomacia cubana Felipe Pérez Roque, en el pleno de la Comisión de Derechos Humanos en Ginebra, el miércoles 16 de marzo, en la que pedía un solo caso de un preso maltratado en las cárceles de Cuba.
En un proceso carente de garantías legales fui arrestado el 22 de julio de 2005 y fui golpeado, de igual forma mi esposa Katia Sonia Martín Véliz y mis dos hijas pequeñas (gemelas) que no alcanzaban los dos años de vida; Estuve 15 meses y 3 días en prisión y nunca fui presentado a ningún tribunal, además de negar todos los recursos presentados por mi defensa; en mi transitar por estaciones de la policía, Departamento de Investigaciones de 100 y Aldabó, prisión provincial de Pinar del Río y Prisión de Taco-Taco, municipio San Cristóbal, provincia de Pinar del Río, (en el entretiempo del 17 Mayo 06-25 Octubre 06) fui testigo de dos (2) golpizas de las que fuera objeto Orlando Zapata Tamayo, estas golpizas fueron ordenadas por el Mayor Juan Ramón Castillo Sánchez, jefe de la prisión Taco-Taco y tuvo pleno conocimiento de ello el Teniente Coronel Abel Santovenia Po, Director Provincial de Cárceles y Prisiones, en otras 2 oportunidades Zapata Tamayo fue encadenado y esposado por más de 12 horas. Yo fui testigo. Por protestar fueron golpeados y encausados 4 presos comunes.
-El 24 de febrero de 2006, por leer un comunicado, fue golpeado el recluso Ariel Hernández Paula, residente en Cabaña, municipio Mariel, a consecuencia de esta golpiza le desprendieron los riñones, a este recluso se le negó la asistencia religiosa en la sala de penados del Hospital Provincial Abel Santamaría el Jefe de la Prisión Provincial de Pinar del Río, Mayor Jesús.
-También doy testimonio de palizas en contra de los Prisioneros de Conciencia Nelson Molinet Espino y Normando Hernández González quien fue arrastrado en presencia de los demás presos comunes, en el mes de abril 2006, Prisión Provincial Pinar del Río, dirigida por el Mayor Jesús.
-Mientras el presidente Lula estaba en la habana el 24 de febrero, era golpeada Yoani Sánchez, en la 4ta unidad de la PNR del municipio Cerro, ubicada en Infanta y Amenidad; Samper Jefe de Sección 21 la despidió momentos más tarde con escusas no aceptadas, desdichadamente también fui testigo presencial.
Con mucho respeto me toca decirle que Lula desconoce si en Cuba se tortura, se maltrata o se veja a los adversarios.
A mi me consta que SI.
Ricardo Santiago Medina Salabarria
Ex prisionero político
2 de Marzo 2010
#CADÊ MEU CHINELO?
terça-feira, 9 de março de 2010
Assinar:
Postar comentários (Atom)
#ALGUNS DIREITOS RESERVADOS
blog O DILÚVIO by
O DILÚVIO is licensed under a
Creative Commons Atribuição-Compartilhamento pela mesma Licença 3.0 Brasil License.
Você pode:
- Compartilhar — copiar, distribuir e transmitir a obra.
- Remixar — criar obras derivadas.
Sob as seguintes condições:
-
Atribuição — Você deve creditar a obra da forma especificada pelo autor ou licenciante (mas não de maneira que sugira que estes concedem qualquer aval a você ou ao seu uso da obra).
-
Compartilhamento pela mesma licença — Se você alterar, transformar ou criar em cima desta obra, você poderá distribuir a obra resultante apenas sob a mesma licença, ou sob licença similar ou compatível.
Ficando claro que:
- Renúncia — Qualquer das condições acima pode ser renunciada se você obtiver permissão do titular dos direitos autorais.
- Domínio Público — Onde a obra ou qualquer de seus elementos estiver em domínio público sob o direito aplicável, esta condição não é, de maneira alguma, afetada pela licença.
- Outros Direitos — Os seguintes direitos não são, de maneira alguma, afetados pela licença:
- Limitações e exceções aos direitos autorais ou quaisquer usos livres aplicáveis;
- Os direitos morais do autor;
- Direitos que outras pessoas podem ter sobre a obra ou sobre a utilização da obra, tais como direitos de imagem ou privacidade.
- Aviso — Para qualquer reutilização ou distribuição, você deve deixar claro a terceiros os termos da licença a que se encontra submetida esta obra. A melhor maneira de fazer isso é com um link para esta página.
Nenhum comentário:
Postar um comentário